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Resolución UAIIN CRIC No. 016 del 01 de octubre de 2021

16 de mayo de 2022

POR LA CUAL SE REALIZA LA REASIGNACIÓN LABORAL DE UN PERSONAL DINAMIZADOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDÍGENA INTERCULTURAL DEL CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA UAIIN – CRIC

CONSIDERANDO:

Que las Autoridades Indígenas que conforman el Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC, crearon y legitimaron la Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN – CRIC, mediante Resolución No. 002 del 19 de junio de 2018, la cual fue reconocida mediante la Resolución No. 09543 del 12 de junio de 2018, emanada del Ministerio de Educación Nacional, MEN.

Que los propósitos de la universidad es construir los procesos de formación desde la diferencia y bajo los principios de Unidad, Tierra, Cultura y Autonomía, que por ende nos damos nuestras propias normas y procedimientos en aras del fortalecimiento de la colectividad a través de los componentes POLITICO, PEDAGÓGICO Y ADMINISTRATIVO.

Que durante el 2021 la UAIIN CRIC a vinculado mediante acuerdos compromisorios a termino fijo a personal dinamizador en diferentes áreas de conocimiento, para que orienten temáticas en beneficio del fortalecimiento del SEIP y de los demás sistemas y subcomponentes.

Que La UAIIN-CRIC, entidad pública de carácter especial comunitaria, con autonomía política, pedagógica y administrativa para adelantar procesos de formación en el marco del Sistema Educativo Indígena Propio – SEIP, puede realizar reasignaciones laborales necesarias del personal dinamizador vinculado a la UAIIN CRIC, a fin de responder a las necesidades encontradas dentro de los sistemas propios, componentes y subcomponentes.

Que las reasignaciones laborales no desmejoran las condiciones y derechos laborales de los dinamizadores de la UAIIN CRIC.

De acuerdo a lo anterior

RESUELVE

Artículo Primero:  autorizar la reasignación laboral del siguiente personal dinamizador vinculado a la universidad autónoma indígena intercultural del consejo regional indígena del cauca UAIIN – CRIC:

No DINAMIZADOR IDENTIFICACIÓN
1 SOCORRO MANIOS QUIMBAYO 36.272.887
2 VICTOR MANUEL YALANDA PECHENE 10.721.359
3 DALILA NATALY CABRERA CHAVES 53.107.294
4 WILMER ENRIQUE BOLAÑOS CAMPO 1.032.389.793
5 ETEL MAGALI ROMO LOPEZ 34.552.664

Artículo Segundo: reasignar al siguiente personal dinamizador vinculado a la universidad autónoma indígena intercultural del consejo regional indígena del cauca UAIIN – CRIC, de la siguiente manera:

No DINAMIZADOR IDENTIFICACIÓN COMPONENTE CARGO
1 SOCORRO MANIOS QUIMBAYO 36272887 PEDAGÓGICO DINAMIZADORA COODINADORA SIAP UAIIN-CRIC
2 VICTOR MANUEL YALANDA PECHENE 10.721.359 PEDAGÓGICO DINAMIZADOR COORDINADOR DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN UAIIN-CRIC
3 DALILA NATALY CABRERA CHAVES 53107294 PEDAGÓGICO DINAMIZADORA DE APOYO PEDAGOGICO SIAP UAIIN CRIC
4 ETEL MAGALI ROMO LOPEZ 34.552.664 PEDAGOGICO DINAMIZADORA DE APOYO ADMINISTRATIVO SIAP UAIIN CRIC
5 WILMER ENRIQUE BOLAÑOS CAMPO 1032389793 PEDAGÓGICO DINAMIZADOR APOYO PEDAGÓGICO AL SISTEMA ATEA UAIIN-CRIC

Artículo Tercero: reajustar el valor a ser reconocido de manera mensual como salario laboral al personal dinamizador de la UAIIN CRIC reasignado de la siguiente manera:

No. DINAMIZADOR IDENTIFICACIÓN COMPONENTE CARGO SALARIO MENSUAL
1 SOCORRO MANIOS QUIMBAYO 36.272.887 PEDAGÓGICO DINAMIZAODORA COODINADORA SIAP UAIIN-CRIC 2.600.000
2 VICTOR MANUEL YALANDA PECHENE 10.721.359 PEDAGÓGICO DINAMIZADOR COORDINADOR DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN UAIIN-CRIC 2.600.000
3 DALILA NATALY CABRERA CHAVES 53107294 PEDAGÓGICO DINAMIZADORA DE APOYO SIAP UAIIN CRIC – COMPONENTE PEDAGÓGICO 2.400.000
4 ETEL MAGALI ROMO LOPEZ 34.552.664 PEDAGÓGICO DINAMIZADORA DE APOYO SIAP UAIIN CRIC – COMPONENTE ADMINISTRATIVO 2.400.000
5 WILMER ENRIQUE BOLAÑOS CAMPO 1.032.389.793 PEDAGÓGICO DINAMIZADOR ORIENTADOR PEDAGÓGICO ATEA UAIIN-CRIC 2.400.000

Artículo Cuarto:  La vinculación del personal dinamizador aquí relacionado es hasta el 31 de diciembre de 2021. Fecha en la que se realizara la liquidación a la que haya lugar.

Articulo Quinto: Comunicar al área de buen vivir comunitario de la UAIIN CRIC, para que se efectúen los trámites necesarios.

Artículo Sexto: Comunicar al área de presupuesto de la UAIIN CRIC, al área de contabilidad del CRIC para que se efectúen los trámites administrativos y financieros necesarios.

La presente Resolución rige a partir del primer (01) día del mes de octubre del año dos mil veintiunos (2021).

Dada en Popayán Cauca, Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN-CRIC, primer (01) día del mes de octubre del año dos mil veintiunos (2021).

Consejería Mayor Representante Legal: