Resoluciones

Estás aquí Inicio > Resoluciones > Resolución UAIIN CRIC No. 022 del 15 de diciembre De 2021

Resolución UAIIN CRIC No. 022 del 15 de diciembre De 2021

17 de mayo de 2022

POR EL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDÍGENA INTERCULTURAL UAIIN – CRIC PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO 2022.

La instancia de Decisión, Orientación y Coordinación de la Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN – CRIC, en uso de sus facultades legales que le confiere la ley y el Capitulo Tercero y demás concordantes de “la palabra orientadora” del 4 de julio del 2018, el Decreto 1953 de 2014 y la Resolución 02 de 2018, emitida por las autoridades indígenas del CRIC y

 CONSIDERANDO:

Que la Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN-CRIC es parte del Sistema de Educación Indígena Propio SEIP, y la dirección, coordinación administrativa y presupuestal, por mandato del congreso se realiza en el marco de la Unidad Administrativa y se ejerce desde la consejería Mayor del CRIC, el Programa de Educación Bilingüe Intercultural -PEBI y la Coordinación Colegiada de la UAIIN-CRIC.

Acorde al Estudio de Factibilidad, el presupuesto está proyectado de acuerdo a los componentes: Político, Pedagógico y administrativo, y demás necesidades que hacen parte de la Universidad a partir de los fondos presupuestales, según el origen de los ingresos y el destino o gasto a realizarse en cumplimiento del estudio de factibilidad de la universidad.

Que, mediante la Palabra Orientadora se estableció la organización y funcionamiento de la UAIIN – CRIC y mediante el estudio de factibilidad su estructura organizativa.

La Instancia de Decisión, Orientación y Coordinación de la Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN-CRIC son los responsables de la dirección y coordinación de los mandatos y lineamientos establecidos para la Universidad Autónoma Indígena e Intercultural UAIIN CRIC, emitidos por los Congreso y Juntas Directivas regionales.

Que el presupuesto de la Universidad Autónoma Indígena intercultural UAIIN CRIC, para su operatividad, está compuesto por recursos públicos y privados, provenientes de la Nación a través del Ministerio de Educación Nacional- MEN, Cooperación Internacional, Ingresos Propios de la UAIIN CRIC y otras fuentes de financiación que apoyan las dinámicas organizativas, pedagógicas y administrativa de la UAIIN CRIC.

Que se suscribió acta No. 003 de 2021 de la UAIIN CRIC, por medio de la cual la instancia colegiada de la UAIIN- CRIC aprobó el presupuesto para la vigencia fiscal 2022, para lo cual la universidad toma como base la asignación aprobada para la vigencia 2021 más el incremento del IPC; adicionado a estos recursos se suman el concepto de matrículas e inscripciones que reposan en la cuenta para la presente vigencia.

Con base a lo anterior y la aprobación hecha por parte de la instancia de colegiada, la Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN-CRIC tiene la obligación de generar el presente acto administrativo a fin de permitir el desarrollo presupuestal establecido de acuerdo a la planeación y los recursos de la vigencia aprobada para ser ejecutados en el año 2022.

De acuerdo a lo anterior,

RESUELVE

Artículo primero: Aprobar el presupuesto general de Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN-CRIC que comprende ingresos y gastos en sumas iguales para la vigencia fiscal del año 2022, en un monto equivalente a   VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS CATORCE MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SETENTA Y UN PESOS M/CTE COP ($22.514.147.071), en relación a:

No FUENTE VALOR
1 MEN-FUNCIONAMIENTO $ 12.317.164.200
2 MEN- INVERSIONES $ 9.800.012.871
3 MATRICULAS $ 396.970.000
TOTAL $ 22.514.147.071

Artículo Segundo:  de acuerdo al presupuesto aprobado según acta No. 003 de 2021 de la instancia colegiada de la UAIIN- CRIC, la presentación de la ejecución presupuestal correspondiente al año 2021 aprobada es la siguiente:

PROPUESTA PRESUPUESTAL PARA LA FINANCIACIÓN UAIIN CRIC 2022:

 

 

Artículo Tercero: el presupuesto se ejecutará de acuerdo a las inversiones aprobadas por cada uno de los sistemas, componentes y sub componentes de la UAIIN CRIC.

Artículo Cuarto:  Aprobar los gastos de la UAIIN-CRIC, de acuerdo al ejercicio de gobierno propio de los pueblos indígenas de acuerdo a su Estructura Organizativa, El Estudio De Factibilidad, Palabra Orientadora, la planeación de la Universidad y el desarrollo de los procesos CRISSAC. Teniendo en cuenta la composición social y económica de los sistemas, componentes y subcomponentes en su desarrollo presupuestal.

Artículo Quinto: Los recursos aquí presupuestados se consignarán en cuenta de destinación específica así: Recursos del MEN, de convenios y otros aportes; de donde se harán las erogaciones de acuerdo a las actividades proyectadas por cada instancia de la UAIIN-CRIC.

Artículo Sexto: Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la planeación general hecha para la vigencia del año 2022, con cargo a los rubros correspondientes y establecidos en los ítems presupuestales, aprobados por la Instancia de Decisión, Orientación y Coordinación de la UAIIN-CRIC.

Artículo Séptimo: El ordenador del gasto para todo efecto será el Representante Legal de la UAIIN CRIC. Sin embargo, podrá delegar la ejecución del gasto al Coordinador Político de la UAIIN CRIC, según lo estipula “la Palabra Orientadora” en su Artículo 15.

Artículo Octavo: El representante legal de acuerdo al concepto emitido por la instancia de DECISIÓN, ORIENTACIÓN Y COORDINACIÓN de la UAIIN CRIC, podrá solicitar financiación con cargo al presupuesto.

Esta solicitud deberá hacerse de acuerdo a acto interno debidamente motivado por la Coordinación Colegiada de la UAIIN-CRIC para garantizar la disponibilidad de tesorería y atender el pago de obligaciones inaplazables. La financiación solo podrá abarcar hasta el 10%, del presupuesto anual.

Artículo Noveno: El cierre del presupuesto consiste en la desagregación de los ingresos y los egresos aprobados en la presente resolución con el fin de realizar la evaluación y ejecución durante la vigencia fiscal del año 2022.

Artículo Decimo: Frente al manejo de los recursos a nivel presupuestal y contable, se estructurarán mecanismos que permitan el orden y control, según el origen y destinación de los recursos públicos o privados y la apropiación de gastos según los sistemas y subcomponentes de la UAIIN – CRIC.

La presente resolución rige a partir del día quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil veintiunos (2021)

Dada en Popayán Cauca, Universidad Autónoma Indígena Intercultural UAIIN-CRIC, al quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil veintiunos (2021)

Consejería Mayor Del CRIC: